miércoles, 25 de mayo de 2016

DE LA TRAICIÓN NO SE VUELVE



Una Institución tiene un desarrollo biológico-institucional, similar al ser humano: nace-adolece y madura, en ese proceso concibe hechos exitosos y fracasos, está a merced de la ambición, el fanatismo y la ignorancia, comulga en su seno la LEALTAD y la TRAICION, que nunca se manifiestan en equilibrio y seguramente se producen excesos diversos, no hay duda que en los momentos exitosos nadie está disconforme, pero ante un hecho de corrupción todos con excepción de los formados gremialmente salen a denunciar por ignorancia o ambición hechos que luego la Justicia no puede comprobar. 

Los cómplices y funcionales a estas denuncias primer término cubrirse a sí mismos, como es el caso del “cobrador de peaje”, que como el camaleón hasta el último segundo se mimetizo entre los leales, para poder ser el buche de los que en un supuesto nombre de Justicieros se convierte en apropiadores de la Institución, palabras más, palabras menos esto sucede en casi todas las Instituciones.

Ahora bien el Sindicato Obreros Marítimos Unidos, si recorremos su historia vamos a encontrar mucho de esto que decimos arriba. En estos tiempos el SOMU, ha sido intervenido en una acción que La Cámara Penal, da la razón a los verdaderos dueños del Sindicato, es decir a los trabajadores al aceptar su elevación de queja de que la acción es improcedente, no obstante desde el accionar de esa intervención la respuesta fue una cacería de brujas, acá debo aclarar que no estamos amparando actos delictivos, sino que estamos enfatizando la apropiación de la Institución por un grupo de “señores” cuya primera acción ha sido ponerse y firmarse fuera de toda lógica institucional SUELDOS MILLONARIOS, concretando un verdadero robo a la familia marítima.

No contestes con esta acción han salido a la compra de voluntades en alguna seccionales del SOMU, como es el caso de la Seccional Mar del Plata, mientras la gran mayoría de los afiliados a través de sus históricas agrupaciones, como es caso de la Agrupación Maritima 12 de Octubre, resiste la apropiación y logra sin dudas:

…”NOTIFICACIÓN DEL S.O.M.U al Ministro de Trabajo Lic.Jorge Triaca de la RESOLUCIÓN DE LA CÁMARA FEDERAL PENAL QUE CONCEDE APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO DE LA INTERVENCIÓN ILEGITIMA Y ARBITRARIA DEL JUEZ CRIMINAL Y CORRECCIONAL 6 Sec. 11. Acompaña SECRETARIADO INSTITUCIONAL y hace saber ASUNCIÓN CARGOS ELECTOS EN ELECCIONES 2015, CON RENUNCIA DE Enrique Omar SUAREZ Y otro.SOLICITA VEEDORES, IMPUGNA ACTA SIMPLE, HACE SABER PARITARIOS”….
















En un acto histórico que se refleja en la imagen del 28-4-16







Donde no sólo se rechazó la intervención, sino que se tomó en asamblea democrática la decisión de recuperar al SOMU, y que de esa histórica jornada el 13-5-16 se logra el fallo de la cámara Penal. Ahora bien de las actas aportadas en la presente surge la nómina y la palabra de honor de los compañeros que conforman la lista. Del día 13-5-16 al 23-5-16 ¿nos preguntamos cuánta plata salió ó que paso?, para que el que fuera compañero y apoyara la medida Rubén Manno ( Sec. De Turismo en acta) se convirtiera en “súbdito” de la Intervención, se presentó en Bomberos para hacer de espía o para evaluar cuanto podría cobrar en el otro mostrador, la realidad muestra que el conocido “cobrador de peajes” se convertía en empleado de los apropiadores y lo hace público el 23-5-16


¿Porque no le dijo a los compañeros y en especial al compañero Morato que él era denunciante y porque no lavo los trapos en la Asamblea?....o será que su convivencia con ex colaboradores de la Dictadura lo ata moralmente ó teme que se descubra sus complicidades con los empresarios que se traduce en los salarios negros de los afiliados de Mar del Plata. 


No lo sabemos, lo que si sabemos que no se puede estar de los dos lados del mostrador, menudo problema tienen los apropiadores al reclutar un converso. Lo llamamos a la reflexión al ex compañero ya que la ambición no es buena consejera y la traición es una factura que cobran los afiliados inmediatamente, comprometerse y luego arrodillarse no es lo que dignifica a un Dirigente, pensamos que tendrá sus verdades pero le recordamos que para eso está la ASAMBLEA y para eso fue y se sentó en el escenario. Volvemos a insistir tendrá sus razones, 

PERO NO SON LAS RAZONES DE LOS AFILIADOS DEL SOMU, 

y le avisamos que dura poco ser genuflexo. Es evidente que los hechos por si sólo lo dejan desnudo, más tarde o más temprano va a tener que rendir cuentas con su conciencia.





viernes, 11 de marzo de 2016

CARTA ABIERTA A LOS GANAPANES




NI UN PASO ATRAS....RECUPEREMOS NUESTRA CASA

CARTA ABIERTA A LOS GANAPANES

Denunciadores seriales, con su ambición desmedida le están haciendo el caldo gordo a la intervención y a la patronal, no teniendo autoridad alguna para plantear nada, dado que el Congreso General de Delegados los expulsó de la Organización.

Mienten cuando acusan que se habrían firmado convenios a la baja perjudicando a los afiliados, responsabilizándolo al Secretario General, no mientan más, los trabajadores marítimos son inteligentes y leen el estatuto que explica claramente quienes son los paritarios autorizados a la firma, presentándolo luego a los cuerpos orgánicos, quedando así en evidencia que el ex secretario de relaciones laborales y el ex secretario del interior, quienes fueran oportunamente eyectados de la organización, eran los primeros firmantes y como decía un ex – presidente “a ustedes no les fue tan mal gorditos”.

Señores, tendrían que pedirle perdón a los verdaderos dueños de la organización que son los afiliados, perdón por haber pedido la intervención, perdón por ser los causantes de que hoy las compañeras y compañeros no puedan ingresar a su casa central del S.O.M.U, debiendo permanecer en la vereda, amenazándolos incluso con una sanción si pretenden hacer uso de los sanitarios, justamente a ellos que son los aportantes y gracias a los cuales el sindicato tuvo la posibilidad de crecer, logrando que todos puedan disfrutar de lugares de esparcimiento, con hoteles de gran nivel, campings o recreos en distintos puntos del país y que sus hijos recibieran oportunamente todo lo indispensable de la canasta escolar, cosa que en este inicio de clases no pasó.

Y lo más grave aún, trasnochados ganapanes, están dando lugar a que este gobierno intervencionista, nos use como ejemplo o amenaza velada para amedrentar al resto de los gremios.




martes, 8 de marzo de 2016

EL GREMIO ES DE LOS TRABAJADORES


Los TRABAJADORES, jamas vamos a ir en contra de la JUSTICIA, si se da el DEBIDO PROCESO y se garantiza la LIBERTAD, NADIE ES CULPABLE HASTA QUE SE DEMUESTRE LO CONTRARIO .

TODOS TENEMOS DERECHO A LA LEGITIMA DEFENSA, ahora bien tampoco avalamos INTERVENCIONES, en todo caso su SEÑORÍA debe indicar que la ORGANIZACIÓN quede en manos de sus LEGÍTIMOS DUEÑOS nosotros los TRABAJADORES MARÍTIMOS, y no debe nombrar a político alguno.

Para lo cual es necesario un PLENARIO NACIONAL, y que surga del mandato de las BASES quien ó quienes serán los custodios de la Organización hasta tanto se resuelvan las cuestiones de fondo. No se entiende que la JUSTICIA paralice el Trabajo y menos se comprende que se obstruya la OBRA SOCIAL, poniendo en riesgo a la FAMILIA MARÍTIMA.

En tal sentido debemos entender que con aciertos y errores LA ORGANIZACIÓN SOMOS NOSOTROS LOS TRABAJADORES, y estamos capacitados para asumir la conducción en la
Tormenta.

En esta lógica la ALERTA Y MOVILIZACIÓN es una herramienta que debemos imponer ante el absurdo, Cada compañero que se sienta implicado tiene el derecho constitucional de la defensa en juicio. PERO NOSOTROS SOMOS LOS DUEÑOS DEL SOMU y de nuestro seno en consenso deber surgir la conducción provisional hasta tanto la Justicia se aplique.


Agrupación Marítima 12 de Octubre - SOMU





Agradecemos a la histórica CATT (Confederación Argentina de Trabajadores de Transporte) representados por Juan Carlos Schmid, Omar Maturano y el resto de los compañeros, por exigir el pronto cese de la intervención a nuestro sindicato, con muchos de ellos, en el año ‘ 86 recorrimos el país, buscando adhesiones al paro de 24 hs decretado en defensa de los compañeros jubilados, quien presidía entonces la misma era el cro. Cortés (Unión Ferroviaria), teniendo nosotros el honor de ser los adjuntos.


Como contrasta la actitud de estos queridos y respetados compañeros, con la de aquellos “ganapanes” de nuestro propio gremio que solicitaron la intervención del mismo, e incluso aseguraban rimbombantemente que la CATT no se expresaría.
Son estos susodichos los que se esconden hoy en la biblioteca de la CGT Azopardo, pregonando a los cuatro vientos ser los adalides de la lucha, mintiendo al resto de los compañeros, deberían poder explicarles a los mismos como obraban cuando había una convocatoria a participar de nuestro gremio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se iban a tomar mate a sus casas y más grave aún era su proceder si la actividad programada era en el interior del país, retiraban los viáticos y se escondían en los hoteles o se dedicaban a mirar vidrieras, pero participar, ni ahí.

Son los que nos agravian porque alguno de nosotros participamos políticamente en nuestros territorios, logrando por ejemplo la Secretaría Gral. del PJ de la Comuna 4, un cargo que es de la Organización sin la cual no somos nada, por último les decimos los hombres pasan y las instituciones quedan, la nuestra data del 28 de junio de 1903, no es justo que se la quiera enlodar o mancillar.

¡¡¡ VIVA el SOMU!!! ¡¡¡ VIVA LA SOLIDARIDAD !!!

ALERTA Y MOVILIZACIÓN NACIONAL




...."La intervención al SOMU no es el final del camino; es apenas el principio. Menuda será la tarea para la diputada nacional Gladys González y un grupo de colaboradores a órdenes de un juez. Pero esto es solo la punta de un iceberg cuya profundidad es aún desconocida y que las autoridades nacionales deberán reordenar más temprano que tarde."...


EL SOMU ES ATACADO POR UNA MANIOBRA QUE VA A IMPERAR EN TODOS LOS SINDICATOS MAS TARDE O MAS TEMPRANO. SE TRATA DE DISCIPLINAR A LAS ORGANIZACIONES AL " NUEVO ORDEN", LOS EMPRESARIOS SON EL GOBIERNO Y VAN A INTENTAR DESMANTELAR NUESTRA ORGANIZACIÓN PARA HACERSE CARGO DEL MAYOR SAQUEO DE LA RIQUEZA MARÍTIMA QUE SE HAYA VISTO.

PARA ESTO HAN COMPRADO ALGUNOS TRAIDORES, CUYA FALENCIA DE NO SER CAPACES DE MILITAR DENTRO DE LA ORGANIZACIÓN HAN Y ESTÁN ENTREGANDO A LA FAMILIA MARÍTIMA A LA EXPOLIACIÓN DEL EMPRESARIADO PESQUERO.


  • RECHAZAMOS LA INTERVENCIÓN.-

  • LA ORGANIZACIÓN SE DISCUTE ADENTRO POR ESO ES AUTÓNOMA Y DEMOCRÁTICA.-


  • LA CRIMINALIZACIÓN DE LA DIRIGENCIA  POR PARTE SE ALGUNOS AFILIADOS AMERITA UN PLENARIO URGENTE.-

  • RECHAZAMOS TODA MEDIDA QUE ATENTE A LOS ESTATUTOS DEL SOMU.-

  • LLAMAMOS A LA ALERTA Y MOVILIZACIÓN EN TODOS LOS PUERTOS.-


martes, 3 de julio de 2012

PUERTO MAR DEL PLATA.. A TRES MESES DE HAMBRE




@ PEDRO VALCI




La situación de los obreros de la pesca en el Puerto de Mar del Plata, es un callejón sin salida, si se lo mira con un solo ojo, imagen válida porque se trata de una MANIOBRA DE PIRATAS, se han volcado hasta la fecha miles de letras y comentarios e incluso se han realizado otras tantas operaciones políticas y de inteligencia hacia los obreros y sus familias con una astuta cobardía, desde el sector empresarial-político.

Este eje del mal políticos +empresarios, no es nuevo en Mar del Plata ya que es una de las corporaciones más siniestras, que puede padecer esta sociedad marítima, sería largo de enumerar, la cuestión es que son tan impunes, que ahora están borrachos de poder y no han medido las consecuencias de 3 meses de conflicto.

La crisis de todas estas familias, que este grupo de tareas, negrea y ningunea, ya ha puesto en riesgo la economía del sector comercial del Puerto y va a poner seguramente a la salud pública en un caos, y esperemos no padezcamos de pérdidas de vidas, son tres meses de mala alimentación y de un stress intenso en el seno de estas familias humildes, hoy pasto de usureros y compradores de muebles y otras yerbas.

Tal es así que las MUJERES salieron a enfrentar a los dirigentes gremiales, que siguen pulseando, pese al 22% de aumento ofrecido, y en este punto, hay que decir que estos pasaron por debajo de la alfombra y no fueron tan visibles como el camionero, aunque el daño es mayor ya que acá no se trata de un día sin nafta, sino ni más ni menos de HAMBRE por ahora.Los marineros ó los pescadores son esa parte de la clase obrera INVISIBLE para MAR DEL PLATA, cuya industria pesquera es un replica perfecta de la FORESTAL.


En la mañana de hoy vimos en las calles una consigna:

MAR DEL PLATA 

QUIERE TRABAJAR 

BASTA DE SER REHENES 

DEL CAPRICHO DE POCOS 

LA CIUDAD TIENE HAMBRE 

Por supuesto, la población se dio por no avisada, total son pobres, pero lo peor fue la ausencia de la clase política y de los demás gremios de la ciudad, que a simple vista le están pasando factura al dirigente, que lleva adelante esta pulseada feroz con los estómagos de los hijos de sus afiliados en pica, ¿pensarán colgarlos en las puertas de sus entidades?...

Cómo es posible decir que se es parte de este gobierno e incluso ocupar cargos importantes para después realizar una maniobra que tiene hambreada a miles de familias humildes, e incluso en pleno conflicto asumir a DEDO, siendo los que no supieron resolver este conflicto; esta clase de dirigencia sino no reflexiona, va a tener un escarmiento social, que no va a ser gratuito, se han ganado por ineptos.

Y de salir con alguna solución, que seguramente será la misma ofrecida por el Ministerio, quien paga el daño que se les a efectuados a esos hogares en primer lugar y a la economía domestica de la ciudad, en segundo lugar. Porque a los empresarios, no los afecta, habida cuenta que son los varones del sur de la industria pesquera. 

Una de las tantas maniobras de este EJE FACISTA de MAR DEL PLATA, que sigue con su práctica esclavista, y que son impunes. 

Para destacar queda la actitud de las entidades gremiales del sector que han y están llamando al dialogo y advirtiendo que es un conflicto que pone en riesgo la paz social, entre las que se destaca el SOMU, que no deja de agotar todas las instancias posibles para que la clase obrera del PUERTO, recupere su dignidad en las posibilidades que se puede en esta crisis global de la cual conocemos todos.

La SOBERBIA Y LA SORDERA, de este eje del mal, verdadera subversión de guante blanco, va provocar una TRAGEDIA que vamos a pagar TODOS, de seguir con esta actitud beligerante.

viernes, 27 de abril de 2012

REPLICA A LA INJURIA



POR PEDRO VALCI 


Como acostumbro agradezco a los compañeros que con motivo de mi nota “OPERACIÓN MOYANO”, me han insultado en todos los idiomas y estoy agradecido porque se han ocupado de mi persona y mis antepasados. Como es un MOVIMIENTO NACIONAL Y POPULAR, seguramente no es la LÓGICA DEL SI A TODO, es para mi EL DEBATE CONSTANTE, y la pluralidad, cuando el compañero Néstor Kirchner, expreso la palabra CONCERTACIÓN, yo fui el redactor del primer documento nacional en ese sentido hecho público en el Hotel 13 de Julio de la ciudad de Mar del Plata ante 2000 compañeras y compañeros.

Como no voy a estar apoyando y construyendo junto a la compañera Cristina, quienes me acusan cobran sueldo, yo lo hago de puro militante, lo que si debo decir yo voy a expresarme según mis criterios y creo que eso no le molesta a la Presidenta, de que lado me expreso, de mi lugar como OBRERO, de mi lugar cuando veo que mi salario se degrada. Y eso no es estar en contra, es avisar que se complica la vida de la familia trabajadora, vida que ha sido mejorada notablemente tanto por Néstor como por Cristina, pero yo que escucho y no me dedico a la fotitos y a cobrar por la militancia, dijo la Jefa natural del Movimiento, …” una presidenta sola no puede”….”hay que cuidar las políticas que estamos llevando a cabo”. TOMEN NOTA ANTES DE LLAMARME.

Cuando expreso como exprese mi DUDA, ante los reclamos de la CGT que no han sido contestado, es porque sostengo nuevamente que sin los TRABAJADORES es imposible sostener este PROYECTO, y me refiero a trabajadores activos que protestan que defienden y que SIN DUDA, hemos sido y seremos los que vamos a poner el pecho ante cualquier ataque a este proyecto.

Hoy 27 de ABRIL vamos a este ACTO NACIONAL Y POPULAR, pero a los muchachos de los locutorios les pido lean:

….”Precisamente, la convocatoria al encuentro es llevada adelante por la agrupación La Cámpora, Corriente de Liberación Nacional (Kolina), Movimiento Evita, Peronismo Militante, MILES, Corriente Peronista Nacional y Corriente Nacional de la Militancia.

También Nuevo Encuentro, CTA, Forja (radicales K), FOETRA, Corriente Nacional Martín Fierro, Frente Transversal, Frente Grande, Partido Comunista Congreso Extraordinario (PCCE), Partido Intransigente (PI), Socialista para la Victoria (USpV), Humanista (PH) y Carta Abierta.( SIC TELAM)”…

Una sola central obrera, eso no es bueno, porque la pregunta es ¿como no se llamo a la CGT? ¿Como no se llamo a los gordos ni a los flacos? ….entonces acá hay una acto fallido, ¿puede ser que se hayan negado? ó como es la costumbre se dejo librado a las organizaciones, LA CGT NO ES DE MOYANO, es el emblema del MOVIMIENTO NACIONAL Y POPULAR, y es este compañero el que la conduce, así que se deberían haber convocado a los trabajadores, el no mencionar la sigla ya es una muestra de que hay llamar urgente al DIALOGO, pero tengan presente que los que estamos en la CGT, dialogamos no claudicamos.

Apoyamos este ACTO, como no hacerlo si hemos sido los que enfrentamos históricamente a la dictadura y a las receta neoliberales, como lo hace la compañera Cristina y con la misma fuerza vamos a seguir reclamando las conquistas que nos han quitado y pedir se eliminen las medidas que aun se aplican a los trabajadores dictadas por la Dictadura.

Por eso les agradezco a los “llamantes” porque se han ocupado de este cronista, pero además porque me han hecho ver desde otro lugar, de afirmar mi disenso y reforzar mi condición de trabajador, seguramente me equivoco pero sin duda voy a seguir luchando por los legítimos derechos de mis compañeras y compañeros y tampoco le voy a ocultar la franqueza a mi compañera CRISTINA, porque de eso se trata el CONSTRUIR, la lógica de “TODO SI”, no sirve lleva a equivocarnos como nos muestra la historia.

Los TRABAJADORES VAMOS APOYAR ESTE ACTO, aunque no mencionen nuestra CGT, deuda que seguramente se saldará.





jueves, 26 de abril de 2012

OPERACIÓN MOYANO





POR PEDRO VALCI

El 12 de Julio, se va a presenciar un acto eleccionario  más de la Confederación General del Trabajo, actos que siempre han sido monitoreado por las gestiones de turno y que muchos compañeros se han prestado a esos manoseos, excepto grandes excepciones, que debo decir dos para mi entender SAUL UBALDINI y ahora HUGO MOYANO.

Como se ha percibido esta entrega, a través de lo que esos mismos compañeros han mostrado a la sociedad y al conjunto de los trabajadores, en un arco que va desde su vida personal a la destrucción de las organizaciones pero mas arteramente en la entrega de la familia trabajadora.

Los actos eleccionarios de los TRABAJADORES, no tiene nada que ver con las elecciones de la clase política, en principio por que son DEMOCRATICOS, y en segundo lugar porque los trabajadores saben perfectamente quienes los han traicionado en la década del 90, y este acto en particular tiene como emblema un solo compañero que viene diciendo QUE LA COMPAÑERA PRESIDENTA SAQUE EL IMPUESTO AL TRABAJO, esa estafa del mínimo imponible, y no solo lo declama sino que lo ha pedido por escrito, escrito que no ha sido contestado, y mientras los JUECES no lo pagan, a nosotros se nos condena el salario.

Desvergonzadamente nos llaman a que no le demos el apoyo a HUGO MOYANO, como si estuvieran ya, y lo vienen haciendo hace rato, instalando la categoría “A” a los mas K y mandándonos a perseguir a los que reclamamos los legítimos derechos de los trabajadores. Y afirmando con esa muestra y otras a las que estamos asistiendo los trabajadores de que este PROYECTO no acepta a los trabajadores en su seno, al menos a los que pensamos y no nos arrastramos.

"El sólo hecho de poner nervioso al poder nos hace ganar”….tiene razón el compañero, y yo le aporto a esto que MOYANO a la cabeza de la CGT o desde el llano no va a dejar de RECLAMAR JUSTICIA SOCIAL.

Surge acá para los distraídos de siempre ó mejor dicho para los reptantes ¿PORQUE SE EMPEÑAN EN DIVIDIR AL MOVIMIENTO OBRERO? …¿PORQUE AHORA QUE HABLAMOS DE SOBERANIA, NO INTEGRAMOS A LOS TRABAJADORES?....y en esto último es importante decirlo porque a YPF, no la van a consolidar las corbatas sino los OBREROS y sin ellos es lo mismo que dejarla vaciar.

Se están equivocando los muchachos asesores….acá hay que HABLAR y eso es de los GRANDES ESTADISTAS, cara a cara y CONCILIAR , este PROYECTO NO SE HACE SOLO CON CATEDRATICOS, se fortalece con  el MOVIMIENTO OBRERO, que es el motor y la militancia natural que sin conchabos, sale y a salido a parar las mas crueles políticas de la Argentina.

Si los TRABAJADORES, tenemos y vamos a tener un líder como HUGO MOYANO, que van hacer el día después, van a perseguir a los trabajadores con las recetas liberales, nos pide la PRESIDENTA, que cuidemos sus POLITICAS, y la CUIDAMOS…..entonces  le PIDO A LA PRESIDENTA  QUE CUIDE MI SALARIO Y RESPETE MIS LEGITIMOS DERECHOS.

COMUNICADO DE PRENSA


EL CRIMEN DE LA DEUDA EXTERNA


viernes, 4 de noviembre de 2011


LOS DERECHOS DE LOS DEUDORES: UNA PROPUESTA DE SOLUCIÓN AL FLAGELO DE LA DEUDA EXTERNA





 *Por Dr. Néstor R. Forero


Deuda y Fuga: Dos movimientos en el  concierto mundial

Nuestro país se ha distinguido por sus aportes a la inteligencia internacional sobre el controvertido tema de la deuda externa. Figuras como los Dres. Luis María Drago, Carlos Calvo en el pasado y entre nosotros, el Dr. Miguel Ángel Espeche Gil han confluido en dotar al mundo de sólidos argumentos que ampararon a los deudores frente a la voracidad sin límites de los acreedores. La doctrina internacional también se ha manifestado en ese sentido y jurisconsultos de la talla de los doctores Francesco Nitti, Alexander Sack, James Forman, entre otros, se han destacados por sus aportes; por su parte el Dr. Pierangelo Catalano han definido claramente a la deuda externa como “la esclavitud del tercer milenio”.

Sus trabajos han tenido por objeto observar y hacer observar que el sistema de deuda basada en la usura genera inexorablemente  servidumbre de pueblos y naciones a favor de un núcleo pequeño y exclusivo, detentadores y  fabricantes de los instrumentos monetarios y financieros. La actual crisis internacional facilitó el corrimiento del velo:la ayuda dada en el último año al sistema financiero globalizador ha sido muy superior a 50 años de planes de ayuda a los países del tercer mundo.

La abrumadora mayoría de estos aportes doctrinarios se han enfocado en la contracción de las deudas, su origen y formalidad, su desarrollo posterior, las derivaciones y las consecuencias jurídicas, sociales, económicas, políticas e internacionales originadas por estas obligaciones. Por nuestra parte, pretendemos enfocarnos no en las obligaciones en sí, sino, en los derechos que emergen del sistema de deuda basada en la usura. Nuestra pretensión entonces quedará orientada específicamente a los derechos que emergen de la evasión y / o elusión de los recursos tributarios de las naciones endeudadas.

Si algo distingue al fenómeno de contracción de la deuda externa es que la misma ha servido, tanto en el pasado como en el presente, para la fuga de capitales de las naciones tomadoras de préstamos.

Fenómeno que no es exclusivo de nuestro país ni nuestra región, sino de carácter mundial, así, en el África subsahariana, aproximadamente 80 centavos por cada dólar que ingresa a la región como parte de  préstamos extranjeros es fugado antes de cumplir un año, como bien señala Sanou Mbayé,  esto implica una complicidad activa entre los acreedores (los países del OCDE y sus instituciones financieras, especialmente el FMI y el Banco Mundial) y los prestatarios (los gobiernos africanos). La fuga de capitales da a los acreedores los recursos que necesitan para reciclar y o financiar préstamos adicionales a los países de donde tales recursos se originaron en primer lugar. Al restarles estos recursos originarios, los nuevos préstamos vuelven con condicionamientos crecientes, tanto en materia fiscal como monetaria y hasta comercial (por  ejemplo: créditos condicionados a la compra de insumos de los países prestadores o créditos con garantías de otros créditos).

Específicamente en nuestro país, la fuga de capitales está directamente relacionada con el aumento de la deuda externa argentina. Una ha retroalimentado a la otra. Y entre las dos han vaciado de recursos a la nación. Siguiendo el método de stocks el comportamiento de los activos externos totales de la economía argentina y la evolución de la deuda externa es la siguiente: en 1974 la deuda externa ascendía a  7.600 millones de dólares, mientras que el stock de capital fugado se calculaba en 3.800 millones, (50% del total de la deuda). A partir de marzo de 1976 la deuda ha de crecer descomunalmente producto del accionar fraudulento e ilegal de las autoridades que usurparon el poder, de un grupo seleccionado de empresas, de los bancos y de los organismos internacionales, que al menos omitieron denunciar este comportamiento delictuoso.  E igual comportamiento ha de tener la fuga de capitales, en 1982 las cifras son de 44.000 millones de deuda externa y 34.000 millones de activos externos (la relación es del 77%). A la culminación del gobierno del Dr. Alfonsín la deuda ascendía a 65.000 millones y los capitales externos eran de 53.000 millones (una relación del 81%). En diciembre de 2001, al momento de producirse la peor crisis económica argentina, la deuda trepaba a 140.000 millones de dólares y a 138.000 los activos externos detectados. Prácticamente la relación era por cada dólar de deuda correspondía un dólar de activo fugado de la República.

Es decir, que por el período mencionado, la deuda creció desde 7.600 millones de dólares hasta los 140.000 millones de dólares a razón de 18,4 veces su valor, mientras que los activos externos detectados crecieron desde los 3.800 millones de dólares al inicio del período comentado hasta los 138.000 millones de dólares, a razón de 36,3 veces. Y de una relación del 50% entre activos/deuda en 1974 llegamos en 2001 a una relación de casi el 100%. Luego de la reestructuración parcial de la deuda en 2005, la relación sufre un cambio, en el año 2006 se estiman los activos externos en 176.000 millones contra 165.000 millones  de dólares de deuda externa (incluyendo holdouts), mientras que entre 2007 y julio de 2009 se habrían fugado 43.000 millones más, ascendiendo los activos externos a 219.000 millones de dólares contra una deuda externa reestructurada  estimada en 201.800 millones de dólares, dependiendo esta última cifra de las negociaciones en curso.

En síntesis, en 1974 por cada dólar de deuda externa había en el exterior 50 centavos de activos provenientes de la economía argentina. En 2009 por la mayormente fraudulenta e ilegítima deuda externa, tal como ha sido probado en la causa Nº 14.467 originado en la denuncia del patriota Don Alejandro Olmos,  existen en el exterior activos provenientes de la economía argentina a razón de 1,08 dólares por cada dólar de obligación contraído.

Entonces, al desarrollo depredador de la deuda corresponde  como la sombra al cuerpo, el vaciamiento sistemático de los recursos de la nación a través de la fuga de capitales, ambos comportamientos de características delictivas y fraudulentas, no podrían llevarse a cabo sin la participación activa y/o por omisión de los poderes del Estado, del sistema financiero local e internacional,  de un grupo específico de empresas y de los organismos de control internacionales.

Nos encontramos sometidos a una doble exacción y se nos impone un feudalismo económico bajo la apariencia de un sistema legal basado en el principio de pacta sum servanda, por el cual, los contratos deben cumplirse. Ante este principio, nosotros  dentro de la concepción clásica, adherimos al criterio de un principio superior, la conocida afirmación de Ulpiano: “los preceptos del derecho son éstos: vivir honestamente, no dañar al otro, dar a cada uno lo suyo”. Lo cual obliga a reparar el daño y en nuestro caso, la República Argentina, estaría en condiciones de reclamar las compensaciones por la devastación a la que fue sometida a partir de la implantación de este sistema de usura y vaciamiento.

Hemos padecido un Estado fallido, donde se han conculcando los derechos y la justicia social y exacerbado las obligaciones a favor de un minúsculo grupo. Cuando el Estado falla y se retira de sus funciones esenciales, la realidad nos ha demostrado, que no puede ser sustituido por la acción del mercado, ya que éste (el mercado) también es  fallido, ya que no existen mercados eficientes con estados ineficientes. Unos y otros no  han de hallar mecanismos para actuar de acuerdo a las necesidades de los ciudadanos. En estas circunstancias, en países como el nuestro, capaz de alimentar a 300 millones de personas, el hambre,  no es sólo una cuestión de pobreza y de distribución del ingreso sino la primera consecuencia de la decadencia moral y la legalización de un sistema corrupto. En este orden, los Estados fallidos no explotan por las crisis sociales,  sino que implosionan, por falta de un estado de derecho y de justicia.

¿Qué debe entenderse por fuga de capitales?

Las Naciones Unidas han definido a la fuga de capitales como una actividad ilegal cuyo origen se debe a transacciones ilegales de origen o por transacciones ilegales por evasión o elusión fiscal. Kosarev y Grigoryev definen la fuga de capitales como “el transporte ilegal del capital al exterior”, en el sentido de transporte en violación de la normativa legal del país de origen, diferenciándolo así, de la salida o exportación de capitales, “fenómeno normal” en cuanto cumple con los requerimientos legales existentes en cada estado y que no constituiría un peligro para el desenvolvimiento de la economía nacional. Esencialmente cuando hablamos de fuga de capitales estamos hablando de un delito económico.

Existen un marco que prefigura la fuga y este está dado por el tráfico de drogas, de personas y/o de armas; la corrupción política; y la evasión fiscal internacional.  Sobre la ilicitud de estas actividades no  caben dudas, existiendo abultada bibliografía, jurisprudencia y legislación para combatir estos flagelos y no merecerá mayor comentario en el presente trabajo. Sin embargo, la evasión fiscal no es unánimente combatida, ni siquiera existe consenso en cuanto a considerarlo un problema mundial. La doctrina internacional va acordando que debemos entender como  “evasión fiscal internacional”, en una primera acepción, a los actos ilícitos en los cuales el contribuyente viola los deberes derivados de una relación jurídica tributaria con elementos de foraneidad, trátese tanto de deberes materiales, como el deber de cumplir con el pago de los tributos adeudados; o de deberes instrumentales, como el de presentar declaraciones juradas verdaderas.

En una segunda acepción, englobaría tanto la evasión  como la elusión fiscal, entendiendo esta última como los actos lícitos por los cuales los particulares procuran evitar la ocurrencia del hecho generador de la obligación tributaria en cierto ordenamiento tributario (que les resulta menos favorable) o trasladar la ocurrencia de ese hecho tributario a otro orden jurídico que les resulte más favorable. Alberto Xavier  define a la elusión fiscal como el “fraude a la ley fiscal internacional”, mediante la existencia de dos o más ordenamientos tributarios, de los cuales, al menos uno frente a una situación concreta resulte más favorable que otro u otros ordenamientos tributarios, y que mediante la facultad voluntaria del contribuyente seleccione el ordenamiento fiscal aplicable.

Pareciera estar claro entonces, que tanto la evasión como la elusión fiscal debe ser asimilable a una práctica de competencia desleal en perjuicio de las naciones menos favorecidas en el plano internacional, cuyas asimetrías tributarias, financieras y de localización del centro de decisiones, afectan su comportamiento tanto como naciones jurídicamente libres como económicamente independientes.

Así se interrelacionan la problemática de la deuda externa, la fuga de capitales, la evasión  y la competencia fiscal, proceso que afecta a la mayoría de los países del orbe. Una gran proporción de los capitales evadidos está motivado por los riesgos políticos, la corrupción, la evasión fiscal y las transacciones comerciales ilícitas. Estos capitales evadidos son transferidos y reciclados por los bancos transnacionales y otros intermediarios financieros, normalmente con sede en paraísos fiscales, que animan y facilitan tanto el proceso de fuga como el secreto que cubre las operaciones de los sistemas financieros offshore.

Situación  que debe ser tratada por la comunidad internacional con la mayor diligencia, tanto más que la condonación de las deudas. No hay magnanimidad ni sentido humanitario en la condonación de las deudas si antes no se resuelve el saqueo de los recursos de los países endeudados, recursos en este caso tributarios, de las naciones que, sometidas a este sistema de fuga y deuda se ven compelidas a endeudarse constantemente.

Los paraísos fiscales, resultan ser instrumentos indispensables para el comportamiento señalado. En 1970 se conocían 25 paraísos fiscales, hoy en pleno proceso de globalización, se han multiplicado hasta alcanzar el número de 72.

Según un informe del 1 de agosto de 2006 de la Subcomisión Permanente de Investigaciones del Senado de los EEUU, calculado un Producto Interno Bruto Global  de 45 billones de dólares,  unos 33 billones de dólares corresponden a la titularidad de  8,5 millones de personas (sobre una población mundial estimada en 6.000 millones) lo que  muestra que el 75%  de la riqueza mundial está en manos del 0,15% de la población del mundo; más de un tercio de la misma, unos 11,8 billones de dólares  se encuentra canalizada a través de paraísos fiscales. De esa masa de capitales, según el informe, una décima parte correspondería a capitales evadidos de los EEUU, y por lo menos 0,7  trillones corresponden a capitales de origen latinoamericano. Alrededor de la mitad de la riqueza del estrato superior de ingresos de América Latina se mantendría en territorios offshore.

El Secretariado Internacional de la Red por la Justicia Fiscal (Tax Justice Network) ha realizado el siguiente cálculo: suponiendo una rentabilidad anual del 7,5% sobre esa masa de recursos, si se aplicara un impuesto sobre esas rentas del 30% se recaudarían 265.000 millones de dólares, cifra por demás suficiente para cubrir las necesidades financieras de los Objetivos del Milenio de Naciones Unidas, culmina su informe señalando que “el problema de la fuga de capitales y la evasión fiscal masiva de los ricos es, por tanto, una de las cuestiones decisivas de nuestro tiempo”.

La fuga de capitales se conjuga entonces con el crecimiento de las deudas externas de los países, aún por encima de su capacidad de repago, acompañada de un debilitamiento de la estructura económica y el traspaso de la titularidad de la propiedad de los nacionales hacia los no residentes, tal el caso, del mal llamado proceso de privatizaciones que asoló a la República Argentina, imbuida de los parámetros del Consenso de Washington.

Las consecuencias más visibles de la fuga de capitales son: 1) el de restar recursos nacionales para un plan de desarrollo y el consecuente debilitamiento de los recursos fiscales y monetarios; 2) una regresiva distribución del ingreso; 3) el debilitamiento del empleo y de las condiciones de trabajo de la masa de trabajadores; 4) un condicionamiento estructural de la economía y la constitución de un gran inhibidor de las políticas públicas. En síntesis, la fuga de capitales es desde el punto de vista de la política económica un verdadero poder de veto por parte de los sectores fugadores de capital.  A su vez la pérdida del capital doméstico provoca una caída sustantiva de la utilidad social.

El poder de veto afecta el principio democrático de “un ciudadano – un voto”, al ser reemplazado por “un dólar – un voto”. Imponiendo políticas económicamente favorables para su sector en desmedro del resto de los actores sociales. La mayoría de las veces, en nombre de la seguridad jurídica y la confianza pública se imponen políticas económicas y normativas jurídicas, como condición previa para el regreso de los capitales. Regreso que de concretarse se realiza en la figura de nuevo endeudamiento.

De esta manera, los gobiernos en vez de rendir cuenta a sus ciudadanos por sus decisiones políticas, deben rendir examen todos los días ante los mercados. Son esos mismos mercados concurrentes en el delito económico, quienes con su poder de veto, definirán la viabilidad económica de los gobiernos. La historia reciente nos muestra que los golpes de mercado han influido en la vida de los ciudadanos aún más que los golpes militares.  La represión al poder ciudadano se realiza de una manera silenciosa, a través de la creciente marginalidad, la falta de educación y de la preparación para ganarse el sustento, cuando no el escandaloso flagelo del hambre y la falta de servicios sociales adecuados, todo ello realizado en nombre del equilibrio de las cuentas públicas, la previsibilidad,  la estabilidad y la confianza de los supuestos inversores que financiarán el desarrollo económico posterior.

Entendemos la importancia del orden y el equilibrio público, pero ambos deben estar cimentados en la equidad social y sustentarse en la búsqueda del bien común.

Desde la creación de la comunidad del dinero fiduciario y del sistema de encajes fraccionarios, se ha hecho necesario para su funcionamiento la propagación y administración de recurrentes crisis, para facilitar la fuga de capitales y reciclarlos en nuevos préstamos. Al escasear los fondos, el costo del dinero local aumenta y en su procuración se conculcan derechos y voluntades, para dar preeminencia a la acumulación de capitales.

La historia moderna trae numerosos ejemplos de países que han sido agredidos mediante la fuga de capitales, Francia lo ha sufrido en 1685 con la revocación del Edicto de Nantes; entre 1789 hasta 1797 como consecuencia de la Revolución Francesa, también registra enormes procesos de fuga en 1840, 1924, 1926, 1936, 1968 y 1981; Italia ha sufrido este tipo de agresión en 1866, en 1930 con los controles de cambio y también en 1961; Alemania durante la hiperinflación de 1919-1923 y los controles de cambios en la década del 30. Latinoamérica ha sufrido este mal prácticamente desde su descubrimiento por parte de los europeos, en nuestro caso, es sintomático el informe enviado por el cónsul norteamericano a las autoridades de su país informando que durante los años de la guerra por la independencia se habían fugado al exterior a través del contrabando de oro y plata una cifra semejante a 4 presupuestos nacionales en los años contados desde 1810 a 1819. Desde allí son inusuales los períodos donde no haya habido fuga de riquezas. Es que más que una nación jurídica y políticamente organizada nos asemejamos más a un territorio tributario al que se lo somete a expoliación y vaciamiento no sólo de sus recursos materiales sino de sus potencialidades humanas.

La dinámica del sistema conlleva los pasos de una lógica cartesiana: vaciamiento de recursos domésticos – escasez de capitales – aumento de la tasa de interés – mayores costos financieros – inviabilidad de proyectos tendientes al desarrollo -  endeudamiento creciente - apropiación de la riqueza por parte del sector financiero – menores recursos para inversión en estructura básica – mayor dependencia de los mercados = desplazamiento de las decisiones de políticas económicas desde los ámbito gubernamentales hacia el interior de los directorios de las megacorporaciones. Decisiones de impacto local tomadas fuera de las fronteras y a favor de intereses foráneos. En definitiva, deuda y fuga privatizan el poder soberano de las naciones.

En Argentina ello se ha visto claramente a partir del 24 de marzo de 1976 cuando se usurpó el poder ciudadano y se instauró otro modelo económico que sustituyó el que estaba basado (con todas sus limitaciones) en el trabajo argentino, por otro que aún se mantiene basado en la renta financiera y la exportación de productos primarios sin valor agregado. La consecuencia de ello no son 30.000 desaparecidos sino un millón de argentinos menos de los que deberíamos haber sido censados en el año 2000, producto de la imposición de este modelo jurídico político económico y financiero.

La ley tributaria argentina y los tratados internacionales

La ley penal argentina reprime a través del Art. 172  al que “defraudare a otro con …falsos títulos, abuso de confianza o aparentando bienes, créditos, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño” y del Art. 173 Inc.7 “el que por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos”. El Art. 176 tipifica la quiebra fraudulenta tipificándola en los siguientes hechos: 1) Simular o suponer deudas, enajenaciones, gastos o pérdidas; 2) No justificar la salida o existencia de bienes que debiera tener, sustraer u ocultar alguna cosa; 3) Conceder ventajas indebidas a cualquier acreedor. Y por el Art. 178 extiende la responsabilidad penal de la quiebra a bancos y entidades financieras que presten cooperación en los actos relativos a la quiebra. Lamentablemente la precisión con que la ley penal trata la responsabilidad de los directivos ante la quiebra en materia de sociedades comerciales no se extiende con igual calidad normativa a los responsables del manejo de la cosa pública.

Ante las maniobras delictivas relacionadas con el tráfico de divisas existe un corpus jurídico que penaliza los delitos en materia cambiaria y aduanera. Aunque este corpus jurídico tenga mucho de perfectible. En materia tributaria la ley de Impuesto a las Ganancias a través del Art. 37  señala que “cuando una erogación carezca de documentación y no se pruebe por otros medios que por su naturaleza ha debido ser efectuada para obtener, mantener y conservar ganancias gravadas, no se admitirá su deducción en el balance impositivo y estará sujeta al pago de la tasa del 35% que se considerará definitiva”. La Corte Suprema de Justicia avanzó en el tema y con fallo del 9/11/00 en la causa Radio Emisora Cultural S.A. dijo: “la falta de individualización de los beneficiarios, a cuyo cargo debería estar el pago del impuesto sobre la ganancia indocumentada, obliga a quien hace la erogación a abonar sobre ella el tributo y debe hacerlo a título propio”. Es decir, que las salidas no documentadas, tipicidad de la fuga, está sujeta al pago de la tasa del 35% directo más el 35% que correspondería al receptor del exterior de la erogación no documentada. La situación se agrava si en vez de carecer de documentación la erogación se realiza con documentación apócrifa.

A esta tasa del 35% + 35% deben agregarse los intereses punitorios y resarcitorios  más las multas correspondientes, que están reglamentadas a partir en la ley 11.683 de procedimiento fiscal que en su Art. 45 sanciona la omisión de impuestos con una multa graduable entre 1 a 4 veces del gravamen dejado de pagar cuando se origine en transacciones celebradas con entidades ubicadas en el exterior. Por su parte el Art. 46 reprime con multas de 2 a 10 veces el importe del tributo evadido cuando mediante declaraciones engañosas o ocultación maliciosa, sea por acción u omisión, defraudare al Fisco. En síntesis la pretensión fiscal supera el monto evadido mediante el mecanismo de fuga.

La pretensión fiscal teóricamente está a su vez protegida por los convenios firmados para evitar la doble imposición, en la mayoría de ellos, siguiendo el modelo OCDE se estipula el deber de información entre los fiscos: “las autoridades competentes de los Estados contratantes intercambiarán la información que fuera necesaria para la aplicación del presente convenio. Cualquier información así intercambiada será tratada como secreta y no será revelada a ninguna persona, autoridad o tribunal que no sea a los que les compete la aplicación o cobro de impuestos, o la interposición de apelaciones o el procedimiento de delitos relacionados con dichos impuestos” (Art. 26 y sucedáneos).

El eminente constitucionalista Dr. Arturo Sampay sostenía que el sujeto activo del impuesto es el Estado por su atributo específico de soberanía, o sea la potestad suprema sobre todo lo que le está sometido como parte integrante de su ámbito territorial. Sin los elementos constitutivos (población y territorio) y sin la potestad suprema sobre esos elementos, no hay Estado, porque carece de la propiedad de su forma, es decir, de soberanía. Sujetos pasivos del impuesto son todos aquellos que se encuentran en cierta relación con las riquezas sobre las que el Estado tiene dominio eminente, o que poseen bienes existentes en el Estado, o que participan en actos o hechos económicos que se cumplen en el Estado, aunque se instrumentalicen fuera de él, pues lo importante es el hecho económico vinculado con bienes materiales sometidos a la soberanía territorial. El fundamento de este principio básico del Derecho Fiscal Internacional se halla en el Derecho Natural de Gentes.

La cooperación en los tratados internacionales

Los principios de solidaridad y cooperación han sido reconocidos explícitamente en la Carta de las Naciones Unidas a través de los artículos 55 y 56 y como principio fundamental de acuerdo con la Resolución 2.525 de la Asamblea General, sobre ellos ha reflexionado Gross Espiell, señalando que el desarrollo forma parte de una nueva concepción dentro del derecho Internacional que “se integra dentro de un orden jurídico internacional que supone necesariamente el reconocimiento de la existencia de un sistema de derechos y obligaciones respecto al desarrollo entre los diversos Estados de la comunidad internacional”.

Por la Res. 1.273 del 04/08/1967 la ONU mediante el Consejo Económico y Social dispuso la formación de un grupo de expertos fiscales para formular guías y técnicas para explorar acuerdos tributarios. En 1979, se publica el Manual para la negociación de tratados fiscales y el Modelo de Convención Tributaria, teniendo como antecedente el modelo de Convenio para Evitar la Doble Imposición de la OCDE de 1963. Por su parte el Pacto Andino en 1971 había celebrado su modelo de convención para evitar la doble imposición. En todos estos modelos la cooperación y la información entre los países contratantes tienen un lugar de suma importancia.

García Prats de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Reino de España, en 2004 sostuvo que “la cooperación administrativa internacional constituye un elemento necesario para hacer frente al fraude y la evasión fiscal”. Raúl de Francisco Garrido señala que “la cooperación administrativa tributaria es un mecanismo adecuado para la defensa de la soberanía tributaria de los Estados nacionales frente a la movilidad de los capitales”, sostiene además que los mecanismos bilaterales tradicionales han demostrado ser ineficaces ante determinados comportamientos defraudatorios que exigen, para su persecución, la disponibilidad de instrumentos de cooperación entre los países.

En 1998  el consejo de Ministros de la OCDE adoptó las recomendaciones del Informe del 9 de abril de aquél año que en su punto Nº 8 declaraba que “los países deberán adoptar programas de intensificación de intercambio de informaciones relevantes correspondientes a las transacciones efectuadas en los paraísos fiscales y en los regímenes fiscales preferenciales que se califiquen como concurrencia fiscal perjudicial”. Así podemos definir a la asistencia administrativa en el suministro de informaciones como obligatoria, supletoria, provocada, secreta y especial.Obligatoria, puesto que la prestación de informaciones no es una simple facultad de las autoridades requeridas, sino una obligación convencional. Supletoria, cuanto la legitimidad del propio requerimiento depende de haberse intentado previamente sin éxito los medios facultados por la legislación interna del Estado requirente. Provocada, en la medida en que las informaciones no son prestadas espontáneamente, de oficio, por las autoridades, sino tan sólo a pedido expreso de las autoridades del otro Estado contratante. Secreta, puesto que las referidas informaciones sólo pueden ser comunicadas a las autoridades y o tribunales encargados de la determinación o cobranza de los impuestos que son objeto de la convención. Y especial, por cuanto, el pedido debe versar tan sólo sobre un caso específico.

La idea subyacente  es que básicamente los países en desarrollo no resignen los recursos tributarios que necesitan a los fines de que sus políticas públicas contribuyan a mejorar la calidad de vida y el desarrollo de sus comunidades. En tal sentido, les cabe a los países desarrollados poner fin a los regímenes tributarios especiales con el objeto de eliminar la competencia fiscal nociva.

El Modelo de Acuerdo en Materia de Intercambio de Informaciones sobre Asuntos Fiscales adoptado por la OCDE en el año 2002, viene a receptar las experiencias del Pacto Andino de 1971, del Modelo de Acuerdo para el Intercambio de Informaciones Tributarias desarrollado por el Centro de Intercambio de Administraciones Tributarias de 1999, del modelo de Convenio bilateral de la OCDE del año 1981, de las experiencias en materia aduanera como la que tiene desde 1977 la Organización Mundial de Aduanas mediante su Convenio de Asistencia Mutua Administrativa para la Prevención, Investigación y Represión en materia aduanera; y de la Convención Nórdica para la Asistencia Mutua en Asuntos Fiscales, entre otras experiencias mundiales.

El Modelo de Información corresponde tanto a las relaciones bilaterales entre dos Estados como a las relaciones multilaterales, teniendo como antecedente la resolución del 10/02/ 1975 que recomendaba la adopción de medidas para combatir la evasión fiscal internacional, facultando para que un Estado desarrolle actividades de investigación por cuenta de otro Estado y aún que agentes de un fisco ejerzan actividades de fiscalización en otros Estados. Aunque esto último resulte de muy difícil cumplimiento dado la enorme desigualdad fiscal entre los países desarrollados y los demás países. En Argentina la aplicación del criterio multilateral en los modelos de información tiene como antecedente el fallo del Tribunal Fiscal sala “C” de marzo de 1980 donde se expresó que “mas allá de la firma o no como parte integrante de los acuerdos, el modelo de Convención de la OCDE sirve como pauta interpretativa y además es práctica en el Derecho Internacional el carácter transitivo de los acuerdos”.

El intercambio entonces puede darse siguiendo algunos de los siguientes medios: 1) Prestar información previa solicitud del Estado requirente; 2) Intercambio simultáneo o periódico; 3) Intercambio espontáneo de información; 4) Inspecciones tributarias simultáneas; y 5) Inspecciones tributarias en el extranjero. Sobre este último punto toma relevancia la Resolución Técnica de la 36ª Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, CIAT, realizada en Canadá en 2002, cuando ésta expresó en el tema “Oportunidades para mejorar el cumplimiento tributario a través de la interacción y cooperación” en su punto 1: “Promover la cooperación internacional para mejorar el cumplimiento tributario, celebrando convenios de cooperación internacional con administraciones tributarias de otros países, que posibiliten extender la actuación mas allá de las fronteras nacionales, tanto en lo que se refiere a la obtención de informaciones como también, el ejercicio de acciones como las fiscalizaciones en el exterior, notificación de documentos y cobranzas de deudas tributarias”.

Jean Rivier, María Sánchez Jiménez y Victor Uckmar entre otros coinciden en que la colaboración en la cobranza de deudas tributarias es una modalidad más intensa en la asistencia recíproca de los Estados para alcanzar la justicia tributaria.

Es de vital importancia, entonces, lo estipulado por el nuevo artículo 27 de la Convención Modelo de la OCDE, de allí surge que: 1) los Estados Contratantes deberán proporcionarse asistencia en la recaudación de las rentas a que posee derecho el otro Estado, 2) entendiéndose por renta cualquier monto o importe debido respecto de impuestos exigibles en los regímenes tributarios de los Estados Contratantes, incluyendo intereses, sanciones administrativas, costos de recaudación y o conservación de estos montos; 3) el Estado Requirente podrá proponer al otro Estado el cobro de la pretensión fiscal y esta deberá realizarse de acuerdo a las disposiciones aplicables impuestas para el cobro de sus propios impuestos; 4) el Estado Requerido podrá tomar medidas tendientes a la conservación de los derechos del Estado Requirente mediante una garantía que asegure la recaudación o cobro de los impuestos debidos.

Esta modalidad de asistencia incluye a cualquier tipo de deudor, ya sea nacional del Estado Requirente, del Requerido o de un tercer Estado. Además incluye la recaudación no sólo al deudor principal sino contra cualquier otra persona, que de acuerdo con las normas del Estado Requirente sea responsable de la deuda. Es por tanto, la legislación del Estado Requirente la que determina sobre que personas puede instarse la asistencia. Dado que en materia de prescripción los plazos son los previstos en la ley del estado solicitante, pero  los actos susceptibles de suspender o interrumpir dicha prescripción, se regulan según la ley del Estado Requerido. Es imprescindible entonces, según la naturaleza de estos actos, lograr una clara manifestación  técnica y jurídica que ligare al proceso de la deuda con el proceso de fuga de capitales y de este con el proceso de evasión tributaria internacional.

El delito de acción continuada

Para evitar la prescripción de estos delitos económicos que ligan la contracción de deuda con la posterior fuga de capitales y su reciclaje en nueva deuda, entendemos necesaria que se declare ambos comportamientos como delitos de acción continuada. Si bien el Código Civil argentino en su artículo 801 establece que “la novación es la transformación de una obligación en otra, la primera obligación debe existir y ser lícita, siendo esta ilícita  no puede haber novación y debe reputarse los pagos como efectuados por obligaciones nulas y deberían ser repetidos por no tener causa, en los términos del art.792”. De acuerdo con la doctrina penal, un delito cuando se consuma se acaba, con excepción del delito de acción continuada. Existe consumación pero lo injusto se sigue generando, no se acaba, permanece en el tiempo y se va perfeccionando, Jiménez de Aszúa enseñaba “el delito permanente se perfecciona en un momento dado, con todos los elementos constitutivos…pues en todos los instantes sucesivos continúa la violación de los intereses protegidos y de la norma que los respalda”.

El singular comportamiento de los acreedores por deuda y de los deudores por tributos evadidos por fuga, muchas veces concurrentes en el mismo grupo económico o de intereses, nos permite vislumbrar que ambas conductas: creación de deuda – renegociación y fuga de capitales – reciclaje están sujetas a este instituto jurídico.

Nuestra propuesta

Se ha señalado que el problema de la deuda es un tango que se baila de a dos, entendiendo en ello la relación bilateral entre deudor y acreedor; a nuestro entender esta visión no abarca la totalidad de la problemática, ya que encontramos las siguientes actores: deudor por deuda legítima; deudor por deuda ilegítima; acreedor legítimo; acreedor ilegítimo de buena fe, acreedor ilegítimo partícipe necesario de la estafa; fugador de fondos del país deudor co responsable del vaciamiento de los recursos del país; fugador de fondos impelido por las circunstancias en que se desarrolla la economía; países receptores de los fondos fugados; países que facilitaron el tránsito de los capitales fugados; agencias u organismos que facilitan la fuga de capitales; agencias u organismos financieros que negociaron bonos o instrumentos financieros en pleno conocimiento de que los mismos excederían la capacidad de pago del país; y países que traban el desarrollo y el comercio de los países deudores afectando su capacidad de repago. Observamos así, una multiplicidad de actores e intereses. Idéntica característica se halla en la ruta de los fondos evadidos que primero son financiados con contracción de deuda y luego esos mismos fondos se reciclan en nuevas deudas, configurando un delito de acción continuada.

También en los tratados internacionales de cooperación y cobro de impuestos se observa la multilateralidad de intereses,  por lo que se hace necesario defender los derechos de cobro de impuestos de los países sometidos al flagelo de la usura y la deuda externa, concomitantemente con la revisión jurídica de las obligaciones contraídas. La enorme disparidad de fuerzas y concentración de la riqueza a favor de unos pocos, hace necesario proponer la creación de una organización de carácter planetario que resguarde los intereses de los acreedores tributarios por fuga y otros mecanismos de evasión o elusión fiscal y que proponga el pago de las deudas legítimas (proceso que conlleva una auditoría sobre todo el proceso de endeudamiento) concomitantemente del cobro de los tributos adeudados, dado que se unifican en la misma persona jurídica la condición de deudor por deuda externa y acreedor tributario internacional.

Aquellos países que habiendo contraído el compromiso de colaborar en la información y o cobro de las acreencias tributarias negaran su efectiva participación debieran considerarse como países agresores, en un sentido amplio, y responsables de desatar una guerra o confrontación fiscal a escala planetaria, con las responsabilidades que de ello se deducen.

Debemos dejar atrás la concepción individualista de la existencia, los países no existen, coexisten. Sólo con la unión y concientización de los pueblos podremos hallar los instrumentos necesarios para enfrentar a uno de los mayores desafíos de la humanidad para el tercer milenio: la  usura internacional y el saqueo de los recursos de los países más vulnerables. De no resolverlos satisfactoriamente nos arrojaremos a una esclavitud sin precedentes en la historia del hombre. Apelemos a la luz de la justicia para dar un gran paso en el camino de la paz mundial.